Por JORGE EDUARDO
SIMONETTI
(*) Presidente de la
Comisión de Redacción de la Convención Constituyente de 2007
“Durante los últimos treinta años, las reglas más
democráticas en el país estuvieron vigentes en Corrientes, desde la
Constitución de 1960 hasta la sancionada en 2007” (Miño-Busmail, 2015)
Para que el
burro tire del carro, hay que ponerle una zanahoria delante.-
Como
las reformas constitucionales no forman parte de las urgencias y preocupaciones
de la gente común, terminan resultando sólo una cuestión de políticos, y para los políticos, la zanahoria es el
poder.-
Dada
nuestra pobre cultura política, los cambios constitucionales en la Argentina
(Nación y Provincias), vinieron siempre
tirados por la ambición del continuismo, el resto fue maquillaje.-
Aun así,
se lograron trascendentes mejoras en los derechos y en las
instituciones, aunque también se cometieron los peores agravios contra la
democracia, como las reelecciones indefinidas.- Un período intermedio es el
ansiolítico democrático para curar o paliar la patología continuista.-
Desde
el oficialismo nacional, se apura una reforma
para unificar el calendario electoral, con una visión más empresarial
que política, una característica exageradamente evidente en la administración
de Cambiemos.-
Sacrificar principios en nombre de pretendidos
ahorros financieros y de molestias para los votantes, no es bueno para el
sistema.- En los tres niveles del estado (nacional, provincial y municipal)
debe votarse cada dos años, es inevitable.-El costo electoral es indispensable
para el sistema democrático, la cuestión es gastar adecuadamente, y, lo
principal, no emplear los dineros
públicos para el financiamiento directo o indirecto de campañas de los partidos
en el poder.-
En
Corrientes, con ese argumento, se intenta una reforma constitucional que no
entusiasma.- A decir verdad, no hay una
razón poderosa que reclame la unificación de mandatos, tampoco una para
mantenerlos escindidos.-
Lo que debe impedirse es la unificación del
calendario electoral, votar un mismo día para Presidente y para Gobernador.-
Esto último es lo que prohíbe, atinadamente, la Constitución de la Provincia
del Chaco.-
La
coincidencia de fecha para la elección de los ejecutivos de ambos niveles
institucionales, tiene el efecto negativo de restar importancia a la elección
provincial y provocar el efecto arrastre de la boleta presidencial en su formato
sábana.-
La
única manera más o menos idónea de hacer coincidir ambas categorías ejecutivas
en una misma fecha electoral, sería la introducción de la “lista única”,
obviamente con jerarquía constitucional.- Como dijera Alberto Dalla Vía: “Nuestro federalismo seguirá siendo
raquítico si sólo es una estrategia para “despegarse” del “efecto arrastre”
presidencial…la boleta única es una opción más clara para los votantes”.-
En
el “Indice de Autoritarismo en las
Constituciones Provinciales” (escala de 0 a 1), publicado por Juan Andrés
Miño y Alfredo Rafael Busmail (“Democracia y Elecciones”, El Ateneo, 2015),
elaborado en función de siete variables, las Constituciones de Corrientes (índice 0,21) y de Mendoza (0,21)
encabezan la nómina de las cartas magnas
menos autoritarias del país, estando
en los dos últimos lugares (las más autoritarias) las de Santa Cruz (0,89) y
Formosa (0,93).-