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sábado, 9 de julio de 2016

REFORMA CONSTITUCIONAL

Por JORGE EDUARDO SIMONETTI  
(*) Presidente de la Comisión de Redacción de la Convención Constituyente de 2007

“Durante los últimos treinta años, las reglas más democráticas en el país estuvieron vigentes en Corrientes, desde la Constitución de 1960 hasta la sancionada en 2007” (Miño-Busmail, 2015)
                               Para que el burro tire del carro, hay que ponerle una zanahoria delante.-
                               Como las reformas constitucionales no forman parte de las urgencias y preocupaciones de la gente común, terminan resultando sólo una cuestión de políticos, y  para los políticos, la zanahoria es el poder.-
                               Dada nuestra pobre cultura política, los cambios constitucionales en la Argentina (Nación y Provincias),  vinieron siempre tirados por la ambición del continuismo, el resto fue maquillaje.-
                               Aun  así,  se lograron trascendentes mejoras en los derechos y en las instituciones, aunque también se cometieron los peores agravios contra la democracia, como las reelecciones indefinidas.- Un período intermedio es el ansiolítico democrático para curar o paliar la patología continuista.-
                               Desde el oficialismo nacional, se apura una reforma  para unificar el calendario electoral, con una visión más empresarial que política, una característica exageradamente evidente en la administración de Cambiemos.-
                                Sacrificar principios en nombre de pretendidos ahorros financieros y de molestias para los votantes, no es bueno para el sistema.- En los tres niveles del estado (nacional, provincial y municipal) debe votarse cada dos años, es inevitable.-El costo electoral es indispensable para el sistema democrático, la cuestión es gastar adecuadamente, y, lo principal,  no emplear los dineros públicos para el financiamiento directo o indirecto de campañas de los partidos en el poder.-
                               En Corrientes, con ese argumento, se intenta una reforma constitucional que no entusiasma.- A decir verdad, no hay  una razón poderosa que reclame la unificación de mandatos, tampoco una para mantenerlos escindidos.-
                                Lo que debe impedirse es la unificación del calendario electoral, votar un mismo día para Presidente y para Gobernador.- Esto último es lo que prohíbe, atinadamente, la Constitución de la Provincia del Chaco.-
                               La coincidencia de fecha para la elección de los ejecutivos de ambos niveles institucionales, tiene el efecto negativo de restar importancia a la elección provincial y provocar el efecto arrastre de la boleta presidencial en su formato sábana.-
                               La única manera más o menos idónea de hacer coincidir ambas categorías ejecutivas en una misma fecha electoral, sería la introducción de la “lista única”, obviamente con jerarquía constitucional.- Como dijera Alberto Dalla Vía: “Nuestro federalismo seguirá siendo raquítico si sólo es una estrategia para “despegarse” del “efecto arrastre” presidencial…la boleta única es una opción más clara para los votantes”.-
                               En el “Indice de Autoritarismo en las Constituciones Provinciales” (escala de 0 a 1), publicado por Juan Andrés Miño y Alfredo Rafael Busmail (“Democracia y Elecciones”, El Ateneo, 2015), elaborado en función de siete variables, las Constituciones de Corrientes (índice 0,21) y de Mendoza (0,21) encabezan la nómina de las  cartas magnas menos autoritarias del país, estando en los dos últimos lugares (las más autoritarias) las de Santa Cruz (0,89) y Formosa (0,93).-