CRISIS VENEZOLANA
“Por la libertad, así
como por la honra, se puede y debe aventurar la vida”
(Miguel de Cervantes, Don Quijote)
“La resistencia a la opresión es la
consecuencia de los demás derechos del hombre” dictaba el artículo 33 de la
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de la Revolución Francesa (1789).-
En
el Preámbulo de la Declaración Universal
de los Derechos Humanos de 1948, se dice: “Considerando esencial que los derechos
humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se
vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la
opresión”.-
Desde
siempre se ha debatido el alcance del concepto de democracia, y en general se
ha coincidido que la misma no es una cuestión exclusiva de formas, de método
para consagrar gobernantes, es también un asunto sustancial.- De tal modo, se
habla de que los gobiernos deben tener legitimidad
de origen, el acceso debe hacerse de acuerdo a la legislación positiva, y legitimidad de ejercicio, deben
propender al bien común y a la realización del valor justicia.-
Cuando
hay legitimidad de origen hay gobierno de iure, cuando no la hay, el gobierno
es de facto.- Si hay legitimidad de ejercicio, hay gobierno, si no la hay, sólo
tenemos dictadura.-
Venezuela se encuentra inmersa en una virtual abrogación de sus
instituciones republicanas y una grave crisis humanitaria por la escasez de
alimentos y medicamentos
Ante el origen
ilegítimo o la pérdida de la legitimidad en el ejercicio del gobierno, desde
los tiempos se ha consagrado el derecho
de resistencia a la opresión, concebido como una potestad de los pueblos
frente a gobernantes de tal carácter.-
La idea de la
resistencia surge fundamentalmente de la doctrina cristiana.- Santo Tomás de Aquino dijo que cuando
la ley milite contra el bien común, desobedecerla es acatar a un legislador
idealmente justo que hubiese querido el bien común.-