
El
artículo 64 quáter del Código Electoral
Nacional prohíbe “durante los
quince días anteriores a la fecha” de la elección, “la realización de actos
inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos
o programas de alcance colectivo y en general la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación
del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos
electivos nacionales”.-
Por
basarse en “meras especulaciones o suposiciones”, la Justicia rechazó el
amparo, y el camino para el acto político presidencial quedó allanado.-
Cómo
parte de la concurrencia de la cadena nacional instrumentada a tal efecto, en
primera fila podía verse a un bronceado
Daniel Scioli, precandidato del Frente
para la Victoria a Presidente de la Nación, escuchando muy atentamente
junto al acostumbrado auditorio de cartón pintado, que sólo se
movía para ensayar la repetitiva mueca
de la sonrisa aprobatoria, o enrojecer sus palmas con el aplauso empalagoso que es ya
tradicional en la apología oficialista.-